Convocatoria de Ayudas a Asociaciones Universitarias

RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA DE 23 DE OCTUBRE 2018 POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DIRIGIDAS A FINANCIAR GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES UNIVERSITARIAS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE "ASOCIACIONES UNIVERSITARIAS" DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

 

De acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional segunda de la Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitaria de la Universidad de Sevilla, aprobado  por acuerdo 7.1 Consejo de Gobierno de fecha 23 marzo de 2010, y en concreto con el contenido del apartado 2 de la misma, este Rectorado ha resuelto hacer pública la presente Convocatoria de Ayudas a Asociaciones Universitarias, con el propósito de contribuir a la financiación de los gastos corrientes de aquellas registradas en la Universidad de Sevilla con arreglo a lo regulado por la citada Normativa.


BASES

 

1.- PARTICIPANTES

Podrán participar en la presente Convocatoria las Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla, inscritas en el Registro de Asociaciones de la misma con anterioridad a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

 

2.- OBJETO DE LAS AYUDAS

Las ayudas concedidas en el marco de la presente Convocatoria serán destinadas a sufragar los gastos corrientes de funcionamiento de las Asociaciones y la compra de material inventariable o fungible necesario para el desarrollo de las actividades propias de cada Asociación, recogidas como tales en los correspondientes estatutos.

A este efecto se considerarán gastos de funcionamiento:

  • Material de oficina no inventariable (sobres, papel, material de escritura, portafolios, carpetas, archivadores, etc.)
  • Gastos de publicidad y difusión de la Asociación y sus objetivos
  • Material de oficina inventariable (equipos informáticos, mobiliario, etc.)
  • Gastos de mantenimiento de locales donde estén ubicadas las sedes.

Se considerará material necesario para el desarrollo de actividades cualquier material o equipo, inventariable o no, sin el cual no se podrían desarrollar las actividades necesarias para la consecución de los fines previstos en los estatutos de la Asociación.

 

3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

3.1.- Las solicitudes se dirigirán a la Sra. Vicerrectora de Relaciones Institucionales de la Universidad de Sevilla en el formulario confeccionado al efecto disponible en la página web de la Universidad de Sevilla, https://www.us.es/estudios/becasyayudas/CulturalesDeportivas, en el Tablón Virtual, https://tablonvirtual.us.es, o en la dirección web del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales, https://institucional.us.es/vrelinstitu.

 

3.2.- El plazo de presentación de solicitudes estará abierto del 24 de octubre al 12 de noviembre de 2018 y podrán presentarse en el Registro General de la Universidad de Sevilla (San Fernando,4, C.P. 41004) o en el Registro General Auxiliar en el Pabellón de Brasil (Paseo de las Delicias, s/n C.P. 41013).

 

3.4.- En cualquier caso, las solicitudes deberán presentarse acompañadas de los siguientes documentos:

a) Memoria-resumen de las actividades realizadas por la asociación durante el curso académico 2017-2018
b) Presupuesto pormenorizado del material para el que se solicita la subvención, con breve explicación de la necesidad de su adquisición. En el mismo se presentará diferenciado el material inventariable del fungible
c) Fotocopias compulsadas de todas las hojas que contengan asientos de fecha posterior al 30 de septiembre de 2017 y la 1ª pendiente de cumplimentar, de cada uno de los libros a que hace referencia el art. 6 de la Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitarias, sellados por el Registro de Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla
d) Certificado del secretario de la asociación en el que se haga constar el número de socios activos a fecha de la presente convocatoria
e) Breve informe de las actividades previstas por la asociación durante el curso 2018-2019 .

 

Una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes, los candidatos dispondrán de un plazo de 10 días para subsanar los defectos encontrados en su solicitud o para presentar los documentos requeridos.

 

 


4.- SELECCIÓN, EXCLUSIÓN Y RESOLUCIÓN

 

4.1.- El estudio y la selección de las solicitudes presentadas corresponderán a una Comisión presidida por la Vicerrectora de Relaciones Institucionales y compuesta por  cinco vocales de los cuales uno será estudiante de la Universidad de Sevilla, nombrado a propuesta del CADUS y un secretario, la cual podrá requerir de los solicitantes cuantos datos y acreditaciones juzgue necesarios para la valoración de los mismos.

Con carácter general, la Comisión tendrá en cuenta a la hora de otorgar las subvenciones:

  • Las actividades desarrolladas en el curso anterior o en el presente año
  • El número de socios activos
  • La situación económica de la Asociación
  • Las actividades proyectadas para el próximo curso o año natural.

4.2.- Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria:

  • Las peticiones de material para actividades concretas
  • Las peticiones de Asociaciones que no lleven totalmente al día los libros a que hace referencia el Art. 6 de la Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla
  • Las peticiones de Asociaciones no registradas de acuerdo con la Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla en el plazo previsto en la presente convocatoria
  • Las peticiones presentadas por personas distintas al presidente/a o al secretario/a de la asociación.

 

4.3 .- La Comisión a que hace referencia el punto 4.1, resolverá la concesión de las ayudas en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

 

      La Comisión hará pública en el apartado becas y ayudas del portal de la Universidad de Sevilla, en la dirección de internet https:// institucional.us.es /vrelinstitu, en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla y en el Tablón de Anuncios del Servicio de Extensión Universitaria, la relación de subvenciones concedidas y solicitudes denegadas. Asimismo, le será comunicada a cada Asociación la resolución correspondiente .

 

        Contra la Resolución de la Comisión, que no pone fín a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguiente de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

4.4.- Quedarán sin efecto las subvenciones concedidas a Asociaciones que a 15 de noviembre de 2018 no hayan justificado la ayuda concedida en la convocatoria anterior.


5.- CUANTÍA DE LA CONVOCATORIA Y PAGOS

       El coste total de la convocatoria asciende a un total de 5.400 € que se imputarán a la orgánica 18401712, aplicación presupuestaria 422.48003, del presupuesto de gastos vigente del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales.

 

       El  abono  de  las  Ayudas  se realizará  en  un  único  pago,  una  vez  practicadas  las comunicaciones a que hace referencia el punto anterior.

 


6.- JUSTIFICACIONES

      Antes del 15 de noviembre de 2019, los beneficiarios estarán obligados a presentar en el Servicio de Extensión Universitaria los siguientes documentos:

 

  • Informe de las actividades realizadas,  acompañado  de documentación  acreditativa  de la celebración de las mismas
  • Justificación  documental suficiente de la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que ha sido concedida (facturas originales)
  • Las cantidades no justificadas  deberán ser reintegradas a la Universidad de Sevilla

 

 

7.- RECURSOS

 

       De conformidad con el artículo 123 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:

        

       a) Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución.

       b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución o, en su caso, de la notificación de la resolución del recurso de reposición.

 

 

8.- USO DE DATOS

      

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), la información de carácter personal recabada a través de los formularios de presentación de solicitudes confeccionados al efecto será incorporada a un fichero  inscrito en el registro de datos de la Universidad de Sevilla denominado Gestión de Becas y Ayudas de Extensión Universitaria y tratada, en base al consentimiento expreso de las personas que presenten sus solicitudes, con la única finalidad de la selección de beneficiarios/as de las ayudas dirigidas a financiar gastos de funcionamiento de las Asociaciones Universitarias inscritas en el registro de “Asociaciones Universitarias” de la Universidad de Sevilla a que se refiere la presente convocatoria y, en su caso, las posterior gestión de las mismas, con arreglo a la información adicional y detalla sobre Protección de datos que figura en documento anexo.

Sevilla a 23 de octubre de 2018
 

 

 

Se hace constar que esta Resolución utiliza lenguaje no sexista, de tal forma que las referencias a personas, colecti vos o cargos citados en el texto de esta Convocatoria en género masculino, por economía del lenguaje, debe entenderse como un género gramatical no marcado. Cuando proceda, será igualmente vál ida la mención en género femenino.