RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2018 POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
El Vicerrectorado de Relaciones Institucionales , en su papel de promotor e incentivador de Actividades extra académicas de la Universidad de Sevilla dirigidas a facilitar la apertura de la Universidad a otras instituciones y organizaciones públicas o privadas, así como el acercamiento del conocimiento que en ella se genera a la sociedad en general , ha resuelto hacer pública una Convocatoria de Ayudas para financiar, en la medida de sus posibilidades , la organización de congresos en su fase de preparación, seminarios, jornadas , conferencias y actividades de similar naturaleza que tengan un marcado carácter de Extensión Universitaria acercando la realidad adacémica a la sociedad en su conjunto y cuyos objetivos estén alineados con el fin de las ayudas.
Esta convocatoria se regirá por las siguientes
BASES
1. PARTICIPANTES
Podrán beneficiarse de estas ayudas los miembros de la Comunidad Universitaria de la Universidad de Sevilla que presenten sus proyectos a título individual o como colectivo universitario.
2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán del 8 al 29 de octubre de 2018, ambos inclusive, por cualquiera de los procedimentos que a continuación se detallan:
- Cumplimentando el formulario confeccionado al efecto disponible en la página web de la Universidad de Sevilla, https://www.us.es/estudios/becasyayudas/CulturalesDeportivas , en el Tablón Virtual, https://tablonvirtual.us.es, o en la dirección web del Vicerrectorado de relaciones Institucionales, https://institucionales.us.es/vrelinstitu, donde encontrará, también, las instrucciones para su correcta cumplimentación. Una copia impresa y firmada se presentará en el Registro General de la Universidad de Sevilla (C/ San Fernando, 4) o en el Registro General Auxiliar en el Pabellón de Brasil (Avenida de la Palmera, s/n).
Para cada proyecto sólo se podrá presentar una solicitud de ayuda, cualquiera que sea el peticionario.
Se presentará un impreso de solicitud por cada proyecto o actividad.
Una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes, los candidatos dispondrán de un plazo de 10 días para subsanar los defectos encontrados en su solicitud o para presentar los documentos requeridos.
3. SELECCIÓN, EXCLUSIÓN
3.1 SELECCIÓN
El estudio y la selección de las solicitudes presentadas corresponderán a una Comisión presidida por la Vicerrectora de Relaciones Institucionales y compuesta por cinco vocales de los cuales uno será estudiante de la Universidad de Sevilla, nombrado a propuesta del CADUS y un secretario, el cual podrá requerir de los solicitantes cuantos datos y acreditaciones juzgue necesarios para la valoración de los mismos. Con carácter general, se tendrá en cuenta para la concesión de las ayudas:
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La adecuación de los proyectos y de las solicitudes a la convocatoria
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La colaboración de otras instituciones, organizaciones o entidades públicas o privadas
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El perfil de los destinatarios
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Los participantes previstos
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La viabilidad económica de los proyectos
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La relación coste-destinatario
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La financiación con la que se cuenta
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Los conceptos del presupuesto de gastos para los que se solicita ayuda
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La fecha prevista para su realización
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Cualquier otra que a juicio de la Comisión pueda contribuir a una mejor y más equitativa distribución del presupuesto previsto
En la presente convocatoria tendrán especial preferencia en la concesión de las ayudas los proyectos organizados en colaboración con instituciones, entidades o grupos representativos de los municipios y barrios de la provincia de Sevilla, así como las actividades programadas en el marco de convenios establecidos con dichos colectivos.
La Comisión resolverá la concesión de las ayudas en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes.
La Comisión hará pública en el apartado becas y ayudas del portal de la Universidad de Sevilla, https://www.us.es/estudios/becasyayudas/CulturalesDeportivas, en la dirección de internet https://www.institucionales.us.es/vrelinstitu, en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla y en el Tablón de Anuncios del Servicio de Extensión Universitaria, la relación de las Actividades Subvencionadas, con especificación de la cantidad asignada a cada una de ellas, así como la de las no subvencionadas. Igualmente, esta resolución será comunicada de forma individual a los beneficiarios de las ayudas.
Contra la resolución de la Comisión, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2 EXCLUSIONES
Quedan expresamente excluidas:
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Las actividades organizadas por responsables de asignaturas regladas dirigidas a sus alumnos como ampliación de las mismas.
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Las peticiones de ayuda para viajes de miembros de la comunidad universitaria .
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Las actividades a desarrollar en el ámbito de otro distrito universitario.
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Las peticiones presentadas fuera del plazo establecido.
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Las actividades celebradas con más de un mes de anterioridad a la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes.
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Las actividades subvencionadas en anteriores convocatorias de ayudas realizadas por el Vicerrectorado de Relaciones Institucionales.
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Las peticiones realizadas por personas ajenas a la Comunidad Universitaria de la Universidad de Sevilla, y las realizadas en nombre de colectivos no universitarios, cualquiera que sea su naturaleza.
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Las actividades susceptibles de presentarse por el Centro de Formación Permanente.
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Las actividades cuyas características no se ajusten a los objetivos previstos en le párrafo primero de la presente convocatoria..
4. CUANTÍA DE LA CONVOCATORIA Y PAGOS
El coste total de la convocatoria asciende a un total de 48.390,00 € que se imputarán a la orgánica 18401702, aplicación presupuestaria 422 482 , del presupuesto de gastos vigente del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales.
El abono de las ayudas se realizará en un único pago, una vez practicadas las comunicaciones a que hace referencia el punto anterior, previa aceptación expresa por parte del beneficiario de la financiación concedida, así como de los conceptos de gasto en los que debe aplicarla, y comunicación al Servicio de Extensión Universitaria de la fecha exacta en la que se desarrollará la actividad.
El plazo máximo para la aceptación de la ayuda por parte de los interesados es de un mes desde la publicación, en el tablón de anuncios del Servicio de Extensión Universitaria, de la relación de subvenciones concedidas. Las ayudas no aceptadas por escrito en el plazo previsto serán revocadas.
5. JUSTIFICACIONES
En el plazo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada, los beneficiarios estarán obligados a presentar en el Servicio de Extensión Universitaria los siguientes documentos:
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Informe-Memoria de la actividad realizada, acompañado de documentación acreditativa de la celebración de la misma.
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Justificación documental suficiente de la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que ha sido concedida (según normas de justificación disponibles en https://institucionales.us.es/vrelinstitu).
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Las cantidades no justificadas deberán ser reintegradas a la Universidad de Sevilla.
6. PUBLICIDAD
Se deberá hacer constar la colaboración de la Universidad de Sevilla en folletos, carteles, catálogos y cualquier documento gráfico editado al efecto, de acuerdo con los registros de marca de la Universidad de Sevilla y mediante el siguiente lema: UNIVERSIDAD DE SEVILLA. VICERRECTORADO DE RELACIONES INSTITUCIONALES.
7. RECURSOS
De conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:
a) Recurso de resposición previo al contencioso-administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
b) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución o, en su caso, de la notificación de la resolución del recurso de reposición.
8. USO DE DATOS
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la aprotección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección deDatos), la información de carácter personal recabada a través de los formularios de presentación de solicitudes confeccionados al efecto será incorporada a un fichero inscrito en el registro de datos de la Universidad de Sevilla denominado Gestión de Becas y Ayudas de Extensión Universitaria y tratada, en base al cosentimiento expreso de las personas que presenten sus solicitudes, con la única finalidad de la selección de beneficiarios/as de las Ayudas de Extensín Universitaria a que se refiere la presente convocatoria y, en su caso, la posterior gestión de las mismas, con arreglo a la información adicional y detallada sobre Protección de Datos que figura en documento
anexo.
Sevilla a 27 de septiembre de 2018
Se hace constar que esta Resolución utiliza lenguaje no sexista, de tal forma que las referencias a personas, colectivos o cargos citados en el texto de esta Convocatoria en género masculino, por economía del lenguaje, debe entenderse como un género gramatical no marcado. Cuando proceda, será igualmente válida la mención en género femenino.