Convocatoria de 17 ayudas para voces del Coro de la Universidad de Sevilla

RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA POR LA QUE SE CONVOCAN 17 AYUDAS PARA VOCES DEL CORO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

    Tradicionalmente la Universidad de Sevilla ha contado con una agrupación coral de carácter voluntario, formada por un grupo de entre 50 y 60 personas, fundamentalmente por universitarios, que la ha representado en cuantos eventos culturales y musicales ha sido requerida, al tiempo que se ha configurado como pieza elemental en los actos solemnes de más arraigada tradición que organiza esta Universidad.

    Con el fin de fomentar la participación en el Coro, este Rectorado ha resuelto convocar 17 Ayudas para voces del Coro de la Universidad de Sevilla con arreglo a las siguientes

BASES

1.- AYUDAS

    Se convocan 17 ayudas para voces del Coro de la Universidad de Sevilla distribuidas de la forma siguiente:

  • 5 sopranos
  • 4 contraltos o mezzo sopranos
  • 4 tenores
  • 4 bajos

2.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

    Podrán participar en la presente convocatoria alumnos de esta u otras universidades, alumnos de conservatorios o antiguos alumnos de cualesquiera de las entidades mencionadas.

3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

    Las solicitudes podrán presentarse en el formulario confeccionado al efecto disponible en la dirección (no disponible) o en el Servicio de Extensión Universitaria y presentándolo en el Registro General de la Universidad de Sevilla (C/ San Fernando, 4) o en el Registro General Auxiliar en el Pabellón de Brasil (Avenida de la Palmera, s/n) o por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del  13 al 30  junio de 2014.
    Los solicitantes deberán igualmente aportar en el plazo establecido la siguiente documentación:

  • Fotocopia del documento acreditativo de pertenecer o haber pertenecido a alguna de las entidades establecidas en el punto 2 de la convocatoria
  • Curriculum relacionado con la experiencia y/o conocimiento musical.

    Los documentos exigidos podrán incorporarse a la solicitud online en formato PDF o presentarse, junto con una copia impresa de la solicitud, en el Registro General de la Universidad de Sevilla (c/ San Fernando, 4) o en el Registro General Auxiliar en el Pabellón de Brasil (Avda. de la Palmera, s/n)

4.- SELECCIÓN DE CANDIDATOS

    Una Comisión, nombrada al efecto por este Vicerrectorado, seleccionará a los candidatos en el plazo máximo de 20 días desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.  Para la selección de candidatos la Comisión tendrá en cuenta los siguientes méritos de los candidatos:

  • Estudios de canto
  • Estudios de solfeo
  • Experiencia en el Coro de la Universidad de Sevilla
  • Experiencia en otros coros
  • Otros estudios de música

    En el caso de que lo estime oportuno, para una selección más precisa, la Comisión podrá requerir de los candidatos cuanta documentación estime oportuna, así como convocar pruebas vocales.
    La relación provisional de candidatos se expondrá en el tablón de anuncios del Servicio de Extensión Universitaria y en la dirección de internet  https://www.institucional.us.es/vrelinstitu , contra la misma se podrá reclamar en el plazo máximo de 5 días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Sra. Vicerrectora de Relaciones Institucionales.   
    Transcurrido el plazo de reclamaciones el Vicerrectorado hará pública la relación definitiva de beneficiarios y expedirá las acreditaciones oportunas.

5.- CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS

    a) Los candidatos seleccionados deberán realizar la actividad coral a la que se refiere la presente convocatoria en el periodo comprendido entre la fecha del nombramiento y el 31 de diciembre de 2014. En el caso de que las circunstancias presupuestarias lo permitan, este periodo se entenderá prolongado hasta  el 31 de junio de 2015.
    b) La cuantía de la ayuda inicialmente prevista es de 500 € por el periodo completo (hasta junio de 2015), que serán abonados con cargo al presupuesto de gastos vigente del Área de Relaciones Institucionales, orgánica 18401718 422D 482, de la manera siguiente:

  • Un pago de 200€ en diciembre de 2014 correspondiente al periodo comprendido entre la fecha de nombramiento y diciembre
  • En el caso de ampliación del periodo hasta junio de 2015, un segundo pago de 300€ a finales de junio de 2015.

    c) El Vicerrectorado podrá detraer el 20% del importe de la ayuda por cada falta de asistencia del beneficiario a una actuación convocada en tiempo y forma.
    d) La inasistencia injustificada a tres actuaciones supondrá la revocación automática de la ayuda.
    e) Teniendo en cuenta que la finalidad principal de la ayuda es la de potenciar una actividad cultural y en concreto la participación en el coro de estudiantes, la selección como beneficiario de las ayudas no supondrá para la Universidad más compromiso que el estipulado en las presentes bases, no derivándose de la misma obligación alguna propia de un contrato laboral, mercantil o análogo.

6.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Son obligaciones de los beneficiarios:

a) La actuación en todos los actos solemnes y de protocolo que organice la Universidad de Sevilla y en aquellos otros conciertos en los que el Coro, como agrupación musical, deba representar a esta.
b) La preparación, bajo la dirección del Director del Coro, de estos actos por medio de los ensayos necesarios.
c) La presencia en el   lugar donde se celebren las actuaciones con media hora de antelación para preparar las voces, las partituras  y el vestuario adecuadamente.
d) El uso en las actuaciones del siguiente vestuario:
 

HOMBRES: Zapatos, pantalón y corbata negra; camisa blanca y sobre ella la toga universitaria y la Beca del Coro de la Universidad.

MUJERES: Zapatos y falda o pantalones negros y blusa blanca. Sobre ella la toga universitaria y la Beca del Coro de la Universidad.

7.- RENUNCIA Y RESCISIÓN DE LA AYUDA

    Los beneficiarios de las ayudas podrán en cualquier momento, sin otro requisito que comunicarlo por escrito con quince días de antelación, renunciar a la ayuda, en cuyo caso perderán todo derecho al abono de cantidad alguna en concepto de ayuda.
Las ayudas podrán ser revocadas de oficio o a instancia de parte en los siguientes casos:

  • - Inasistencia injustificada a tres actuaciones del Coro para las que haya sido requerido.
  • - Incumplimiento de las obligaciones recogidas en el apartado seis.

    En el caso de que por cualquier circunstancia quede una ayuda vacante el Vicerrectorado, si lo estima oportuno, podrá seleccionar como beneficiarios a un candidato suplente.

8.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

    La participación en la presente convocatoria implica la total aceptación de sus bases.

Sevilla, 6 de junio de 2014