Sistema de Garantía de Calidad de los Programas de Doctorado
En cumplimiento del RD 1393/2007 de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, la Universidad de Sevilla aprobó por Acuerdo 5.3/CG 30-09-2008 un Sistema de Garantía de Calidad, común a todos los títulos de grado y máster, cuyo soporte documental ha sido revisado y adaptado permitiendo el seguimiento sistemático de los resultados de todos los títulos, al objeto de garantizar la necesaria acreditación en los plazos previstos.
El apartado 10.3 del RD 99/2011 de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado establece que “Los programas de doctorado deberán someterse a un procedimiento de evaluación cada seis años, a efectos de la renovación de la acreditación a que se refiere el artículo 24 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.”
En este sentido, se ha diseñado, por parte de la Unidad Técnica de Calidad dependiente del Vicerrectorado de Ordenación Académica, el Sistema de Garantía de Calidad de los Programas de Doctorado (SGCPD), que fue aprobado en Consejo de Gobierno por la Universidad de Sevilla el 20 de diciembre de 2012, y cuyos responsables en la Universidad de Sevilla son los siguientes:
- Comisión académica: la Comisión Académica de cada Programa es la responsable de la realización de las actividades anuales para el seguimiento del Programa correspondiéndose con la Comisión de Garantía de Calidad de los Títulos. Esta comisión se integra por doctores y es designada por el Rector, previo informe favorable de la Comisión de Doctorado de la Universidad de Sevilla.
- Coordinador/a del Programa de Doctorado.
- Comité de dirección de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Sevilla: responsable de la definición y desarrollo de los planes de mejora que surjan del análisis del desarrollo del Programa de Doctorado a los efectos de este SGCPD.
- Tutor y/o director de tesis.
- Comisión de Doctorado: realizado el informe anual por cada comisión académica del Programa de Doctorado, la Comisión de Doctorado podrá emitir informe que deberá considerado para la elaboración del plan de mejora del Programa. Hasta la puesta en marcha operativa de la EIDUS, la Comisión de Doctorado asumirá las competencias otorgadas a la misma (art. 8.7., Acuerdo 7.2/CG 17-6-11 por el que se aprueba la Normativa de Estudios de Doctorado).
- Comisión de Garantía de Calidad de los Títulos de la Universidad de Sevilla: encargada de asegurar que el Sistema de Garantía de Calidad se desarrolla conforme a la normativa de aplicación así como a la estrategia de la Universidad de Sevilla, velando porque los planes de mejora se ajusten a los requisitos presupuestarios y a las líneas de actuación de la propia Universidad, proponiendo actuaciones generales para todos los programas de doctorado de la Universidad de Sevilla.
La información detallada del SGCPD y los documentos establecidos para su seguimiento, así como el Procedimiento de Seguimiento de Doctores Egresados, se encuentran disponibles en la siguiente dirección web:
https://doctorado.us.es/escuela/garantia-calidad
Además, para una visión más completa de este tema, ver epígrafe 8.2 de la memoria de verificación:
Informe de seguimiento 2021-2022
https://institucionales.us.es/cees/wp-content/uploads/2023/07/INFORME-SEGUIMIENTO-21-22..pdf
Miembros de la Comisión de Gestión de Calidad del Programa
- Presidente: Dr. Luís Antonio Palma Martos
- Vocal: Dr. Manuel Río Ruíz
- Vocal: Dra. Anastasia Bermúdez Torres
- Vocal: Dr. Richard Pfeilstetter
- Vocal: Dr. Pedro Palos Sánchez
- Vocal: Dra. María De Pablo Romero Gil-Delgado
- Vocal: Dr. Luis Ángel Hierro Recio
PAS : ELISA ROBLES CARRASCO
ESTUDIANTE: Cristian Fernández González