Convocatoria de Beca de Formación para asistir como Guía a las Visitas organizadas a los Jardines del Colegio Mayor Santa María del Buen Aire

RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA DE 4 DE ABRIL DE 2018 POR LA QUE SE CONVOCA UNA BECA DE FORMACIÓN PARA COLABORAR COMO GUÍA DE LAS VISITAS ORGANIZADAS A LOS JARDINES DEL COLEGIO MAYOR SANTA MARÍA DEL BUEN AIRE.

 

            La Universidad de Sevilla cuenta, entre su patrimonio, con un extenso jardín de 26.000 metros cuadrados que forma parte del recinto del Colegio Mayor Santa María del Buen Aire declarado Bien de Interés Cultural, ubicado en el término municipal de Castilleja de Guzmán.

 

Dado el interés artístico y paisajístico del jardín, construido a finales de los años 20 del pasado siglo bajo la dirección  del prestigioso arquitecto-paisajista francés J. C. Nicolás Forestier, diseñador, entre otros, de los Jardines del Parque María Luisa, la Universidad de Sevilla, atendiendo a la creciente demanda social para ser visitado,  ha creído oportuno abrir los jardines a visitas guiadas de acuerdo con un calendario previamente establecido.

 

A tal efecto, este Rectorado ha resuelto hacer pública la presente convocatoria para seleccionar, de entre los estudiantes y recién Licenciados de la propia Universidad de Sevilla, un becario que al tiempo que amplía su formación y experiencia pueda asistir en las visitas al jardín.

 

BASES

 

1.- OBJETO

 

            La Universidad de Sevilla, a través del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales, convoca una Beca de Formación dirigida a estudiantes y recién titulados de la Universidad de Sevilla para que colaboren  en las visitas organizadas a los Jardines del Colegio Mayor Santa María del Buen Aire, a fin de complementar y mejorar su formación como estudiantes en competencias prácticas y facilitándoles su futura inserción en el mercado de trabajo.

 

2.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

 

Podrán participar en la presente convocatoria aquellos  estudiantes de la Universidad de Sevilla que estén

cursando estudios universitarios oficiales en la misma y cumplan los siguientes requisitos: tener superado un mínimo del 25% de los créditos necesarios para finalizar dichos estudios y estar matriculado en el presente curso académico en al menos 12 créditos. Se considerará que cumplen este requisito aquellos estudiantes que estén matriculados de menos de 12 créditos, si son los últimos que le restan para finalizar su titulación.

 

Podrán igualmente solicitar esta beca de formación aquellos titulados de la Universidad de Sevilla que hayan finalizado sus estudios oficiales en los dos últimos cursos académicos previos a la convocatoria y tengan satisfechos los derechos de expedición del título.

 

3.- INCOMPATIBILIDADES

 

      El disfrute de la beca regulada por esta convocatoria es incompatible con  el de cualquier otra beca o ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio o Unidad de la Universidad de Sevilla, así como con la realización de cualquier actividad laboral o profesional por cuenta propia o ajena relacionada directa o indirectamente con la actividad formativa objeto de la beca. En cualquier caso,  no podrán disfrutar de esta beca de formación:

 

a)     Aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria

b)     Quienes, habiendo disfrutado de ella con anterioridad, su nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada.

 

4.- RELACIÓN JURÍDICA

 

     El nombramiento como becario de formación regulado en las bases de esta convocatoria, de conformidad con el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en servicios de la Universidad (aprobado por su Junta de Gobierno el 20 de diciembre de 2012) en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la Universidad de Sevilla y el becario, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior.

 

     Los beneficiarios de estas becas estarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24  de octubre (BOE nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de la Seguridad Social.

 

5.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DOCUMENTACIÓN A APORTAR

 

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de la Universidad de Sevilla (c/ San Fernando, 4) o en el Registro General Auxiliar en el Pabellón de Brasil o por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del 11 al 25 de abril de 2018.

 

El impreso de solicitud,  que deberá cumplimentarse en su totalidad,  se podrá obtener tanto en la página web de la Universidad de Sevilla, https://www.us.es/estudios/becasyayudas/Formacion, como en la del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales, https://institucionales.us.es/vrelinstitu/otras-becas

 

Los solicitantes deberán igualmente aportar en el plazo establecido la siguiente documentación:

 

-        Expediente académico o copia del mismo

-        Currículum Vítae, debidamente acreditado documentalmente

-        Declaración jurada de no haber disfrutado de esta beca u otra con la misma finalidad en este centro o en cualquier otro de la Universidad de Sevilla

 

Los documentos exigidos podrán enviarse en formato PDF a la dirección extension1@us.es o presentarse, junto con una copia impresa de la solicitud, en el Registro General de la Universidad de Sevilla (c/ San Fernando, 4) o en el Registro General Auxiliar en el Pabellón de Brasil (Avenida de la Palmera, s/n).

 

Una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes, los candidatos dispondrán de un plazo de 5 días para subsanar los defectos encontrados en su solicitud o para presentar los documentos requeridos. Aquellos solicitantes que no aporten ninguno de los documentos requeridos o que no subsanen la solicitud, se les tendrá por desistidos de su petición.

 

6.- DURACIÓN Y CUANTÍA DE LA BECA

 

La duración de la beca es de 11 meses improrrogables, con una dedicación semanal de no más de 15 horas, a desarrollar normalmente los sábados por la mañana, y con carácter ocasional, en horario de mañana o tarde de lunes a viernes.

 

El beneficiario de la beca deberá realizar las actividades de formación desde el 1 de mayo al 31 de julio de 2018 y desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2018. Si existiese crédito disponible en el año 2019 se prorrogará automáticamente hasta el 31 de marzo de 2019 completándose así los 11 meses. No se abonará el mes de agosto.

 

La dotación económica de la beca es de 270 €/mes, a la que se le aplicará las retenciones y deducciones legales que procedan y que se hará efectiva por meses vencidos en la cuenta que disponga el interesado.

           

El coste total de la convocatoria asciende en el año 2018 a un total de  2.167.06 euros, correspondiendo 1.890 euros a la dotación económica de la beca  y 277.06 euros a la cuota Patronal,  que se imputarán a la orgánica 18.40.17.11, aplicación presupuestaria 422.482, del presupuesto de gastos de 2018 del área de Relaciones Institucionales, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

 

7.- COMISIÓN DE SELECCIÓN

 

            La  Comisión de selección estará presidida por la Sra. Vicerrectora de Relaciones Institucionales y compuesta por cinco vocales, de los cuales uno será alumno de la Universidad de Sevilla, nombrado a propuesta del CADUS, y un secretario.

 

8.- PROCESO DE SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO

 

La  precitada Comisión seleccionará al becario en el plazo máximo de quince días desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, teniendo en consideración la formación en actividades de igual o similar naturaleza; el expediente académico; acreditar nivel de inglés  mínimo B1; estar matriculado en alguna de las  titulaciones  que se imparten en los siguientes centros de la Universidad de Sevilla: Escuela Técnica Superior de Arquitectura, Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación, Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica, Facultad de Bellas Artes, Facultad de Geografía e Historia, Facultad de Turismo y Finanzas y Facultad de Biología.

 

De resultar  necesario o conveniente para una mejor selección, la Comisión podrá entrevistar a los candidatos, previa citación que se hará pública con, al menos, 5 días hábiles de antelación en el tablón de anuncios del Servicio de Extensión Universitaria y en el Portal de Becas y Ayudas Propias de la Universidad de Sevilla, (https://www.us.es/estudios/becasyayudas/Formacion).

 

 

La Comisión podrá seleccionar igualmente, por orden de prelación, hasta un máximo de cinco candidatos suplentes.

 

9.- PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Y RECLAMACIONES

 

            La selección de la Comisión se hará pública en el apartado becas y ayudas del portal de la Universidad de Sevilla, en la dirección de internet https://www.institucionales.us.es/vrelinstitu, en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla y tablón de anuncios del Servicio de Extensión Universitaria, contra la misma se podrá reclamar en el plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. La publicación de la Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los interesados.

 

Concluido el plazo de reclamaciones y publicados los acuerdos adoptados al efecto por la Comisión,  ésta elevará al rectorado la propuesta definitiva de becario, quien  procederá a su  nombramiento.

 

El adjudicatario de la beca de formación dispondrá de un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de su concesión, para comunicar su aceptación. Transcurrido dicho plazo sin que aquélla se  hubiese producido, se entenderá que renuncia a la beca.

 

 

El becario deberá realizar su período de prácticas formativas bajo la responsabilidad del Servicio de Extensión Universitaria, de acuerdo con lo dispuesto en el RD 1493/2011, ajustándose al Plan Formativo que queda plasmado en la ficha técnica que se adjunta como Anexo I a la presente Convocatoria.

 

 

10.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

 

10.1.- Son derechos:

 

a)     Percibir la ayuda económica que corresponda a la beca concedida, que en ningún caso tendrá la naturaleza de salario.

b)     Obtener del Servicio de Extensión Universitaria la colaboración y el apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios.

c)     La designación de un tutor para la coordinación y orientación de la formación a recibir.

d)     La utilización de los medios, instrumentos y equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad formativa.

e)     Obtener un certificado final de la beca de formación, donde se especifique el periodo de formación.

f)      Disfrutar de los derechos reconocidos en la presente convocatoria y cualesquiera otros reconocidos por la normativa propia de la Universidad y de la legislación vigente.

 

10.2.- Son obligaciones del  becario:

 

a)     Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en la presente convocatoria y en el Reglamento señalado en la Base 4.

b)     Desarrollar las actividades inherentes a la beca y las que se desprendan del plan formativo, con una dedicación semanal de quince  horas de acuerdo con el calendario  y horario  que establezca la Universidad de Sevilla para las visitas guiadas a los Jardines del Colegio Mayor Santa María del Buen Aire.

c)     Cumplir diligentemente y con aprovechamiento su período de actividad formativa, de acuerdo con  lo dispuesto en el RD 1493/2011, ajustándose al Plan Formativo que queda plasmado en la ficha técnica que se adjunta como Anexo I a la presente convocatoria.

d)     Elaborar y presentar en el Vicerrectorado de Relaciones Institucionales, un proyecto de organización y desarrollo de visitas concertadas a los Jardines del Colegio Mayor Santa María del Buen Aire que contemple, entre otros, los siguientes aspectos: itinerario, horario, procedimiento de concertación, contenido expositivo en el que destaquen los aspectos históricos y  artísticos más relevantes del Jardín, documentos informativos a elaborar para los visitantes, etc…

e)     Desarrollar su actividad de acuerdo con el horario establecido y con las instrucciones del responsable de la beca que designe la Universidad de Sevilla.

f)      Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la beca.

g)     Respetar los medios materiales puestos a su disposición para su actividad formativa.

h)     Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de la beca, y a no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad de Sevilla.

i)      Comunicar la existencia de posible causa de incompatibilidad.

j)      Cualesquiera otras que le sean fijadas por la convocatoria, por la normativa propia de la Universidad y por la legislación vigente.

 

11.- RENUNCIA Y REVOCACIÓN DE LA BECA

 

El becario podrá en cualquier momento, sin otro requisito que comunicarlo por escrito con un mes de antelación a la fecha de la baja, renunciar a la beca.

 

El incumplimiento por el becario de las actividades especificadas en el plan de formación será objeto de apertura de expediente de revocación  de la beca.

 

Son causas de revocación de la beca:

 

  1. No cumplir con las obligaciones establecidas en las bases de la convocatoria.
  2. Descubrir que en su concesión se produjo ocultación o falseamiento de datos.
  3. Disfrutar de otra beca o ayuda incompatible.
  4. La anulación de matrícula o traslado de expediente a otra Universidad durante el periodo de disfrute de la beca.

 

El becario que incurra en alguna causa de revocación de la beca, estará obligado a reintegrar a la Universidad de Sevilla las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que se pudieran iniciar. 

 

12.- RECURSOS

 

De conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente convocatoria y la resolución de la misma, que agotan la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:

 

  1. Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la  publicación de la resolución.
  2. Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución o, en su caso, de la notificación de la resolución del recurso de reposición.

 

13.- USO DE DATOS

 

La participación en la presente convocatoria implica la total aceptación de sus bases y la autorización para que sus datos personales sean utilizados por la Universidad de Sevilla de acuerdo con la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, con el único fin de la adecuada gestión de las becas.

 

 

14.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

 

            La participación en la presente convocatoria implica la total aceptación de sus bases, que se formulan al amparo del Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en servicios de la Universidad aprobado en su Junta de Gobierno de 20 de diciembre de 2012.

 

 

Sevilla, 4 de abril de 2018